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Martes 24 Marzo 2009

Ley de Dependencia: Grados


La Ley de Dependencia se aprobó el 1 de enero de 2007 para atender a todas aquellas personas que no pueden valerse por sí mismas. Para ello reconoce distintos grados de dependencia y distintos niveles, y también distintos servicios y prestaciones para asegurar la mejor atención a cada usuario según sus condiciones y necesidades personales.



Ley de Dependencia: Grados
Los factores que determinan que una persona pueda llegar a ser dependiente son varios. Por un lado, la edad avanzada influye sobre todo a partir de los 80 años, al igual que el padecer algunas enfermedades crónicas como pueden ser la artrosis, hipertensión arterial o una insuficiencia cardiaca. Una persona que haya sufrido una hospitalización reciente, también tiene más posibilidades de llegar a ser dependiente. Así como aquellas que no realizan ejercicio físico, que no tienen apoyo de sus familias y que no cultivan las relaciones sociales.

Otros factores importantes que pueden desencadenar situaciones de dependencia son los síndromes geriátricos, la inmovilidad, la incontinencia urinaria, infecciones o úlceras, las caídas y la pérdida de memoria, el insomnio, la deshidratación y la depresión, entre otros. Los accidentes y enfermedades agudas que aparecen de repente también pueden dar lugar a situaciones de dependencia. Por ejemplo, las caídas fortuitas, las fracturas e incluso otras patologías más graves como las embolias cerebrales. Cuando nos referimos a los síndromes geriátricos, hablamos de esos problemas de salud frecuentes en las personas mayores que inciden de forma más o menos determinante en el desarrollo de sus actividades cotidianas. En muchas ocasiones, y de forma errónea, pueden considerarse como síntomas propios de la edad que, por tanto, no tienen solución. Pero lo cierto es que en muchos casos son problemas que pueden tratarse e, incluso, llegar a solventarse. Lo más importante es que, cuando una persona mayor sufre alguno de estos factores que pueden generar situaciones de dependencia, lo comunique lo antes posible a sus familiares o a su médico de familia. Cuanto antes se reconozca el problema, antes se puede comenzar a trabajar para solucionarlo.

Si necesita más información sobre los servicios y prestaciones que recoge la Ley de Dependencia o la forma de acceder a ellos, puede llamar al teléfono oficial de atención a la Dependencia que es el 900 40 60 80, ponerse en contacto con el área de servicios sociales de su ayuntamiento, o realizar una consulta a través de la página www.jubilo.es.





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