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Martes 24 Marzo 2009

Personas encamadas


Muchas personas dependientes, fundamentalmente aquellas con un nivel de dependencia elevado, permanecen durante gran parte del día encamadas sin poder moverse.



Personas encamadas
Esta realidad, que afecta a un número importante de ciudadanos, obliga a sus cuidadores a tener en cuenta algunas consideraciones para estimular su movilidad, en la medida de lo posible. Para conseguir minimizar las consecuencias de esta situación, es importante ayudar a las personas encamadas, realizando frecuentes cambios posturales. Si el enfermo está tumbado de lado, los cambios deben realizarse cada una o dos horas. Si la situación del paciente encamado lo permite, se debe intentar sentarlo, para lo que se le irá reclinando en la cama con la ayuda de cojines o almohadas. De este modo, una vez incorporado, se le pasará de la cama a un sillón, donde se le podrán practicar ejercicios de movilidad en las articulaciones. No hay que olvidar que en cualquier movimiento que se realice a la persona encamada, se debe mantener un control postural, es decir, una alineación correcta de la cabeza, el tronco y las extremidades.

Igualmente importante es mantener bien hidratada a la persona que está encamada. Para ello se le debe suministrar un mínimo de un litro y medio de agua al día, y seguir una dieta rica en fibra que incluya frutas y verduras. A la persona encamada también se le debe aplicar periódicamente crema hidratante, desde los tobillos hasta las rodillas o las caderas, realizando un suave masaje circular sobre la piel. Entre las causas más comunes que derivan en el inmovilismo de las personas mayores, se encuentran problemas músculo-esqueléticos, como la artritis o algunas fracturas; enfermedades neurológicas, como el Alzheimer o el Parkinson; dolencias cardiorrespiratorias, o de origen endocrinológico, como la diabetes y el hipotiroidismo. También se encuentran entre los factores más comunes, los problemas psicológicos y causas iatrogénicas como algunos fármacos y las hospitalizaciones.

Si necesita más información sobre los servicios y prestaciones que recoge la Ley de Dependencia o la forma de acceder a ellos, puede llamar al teléfono oficial de atención a la Dependencia que es el 900 40 60 80, ponerse en contacto con el área de servicios sociales de su ayuntamiento, o realizar una consulta a través de la página www.jubilo.es.





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